septiembre 29

Crecen las demandas de divorcio un 2,3%

divorcio

Las demandas de divorcio –tanto de mutuo acuerdo como no consensuadas- registradas en España en el primer trimestre del año fueron 33.009, lo que supone un incremento del 2,3% respecto a las registradas en el primer trimestre de 2014. De estas demandas de divorcio, 19.595 han sido de mutuo acuerdo, un 1,1% más, y 13.414 han sido contenciosas, con un incremento interanual del 4,1%.

El número de demandas de separación ingresadas ha sido de 1.818, un 2% más que en igual periodo de 2014. De ellas, 1.266 han sido consensuadas, con un 6,7% de incremento, y 552 contenciosas, con una disminución del 7,2%.

En cuanto a las nulidades, este tipo de procedimiento de disolución matrimonial experimentó un ligero incremento del 1,8%.

Poniendo en relación las demandas de disolución matrimonial del primer trimestre de 2015 con la población a 1 de enero de 2015 (según las cifras provisionales del INE) se observa que el mayor porcentaje de demandas de disolución por cada 1.000 habitantes se ha dado en Canarias, con un 0,90, seguida de Cataluña, 0,83,  Andalucía y Asturias, 0,80, C. Valenciana, 0,79, e Illes Balears, 0,79. Todas superan la media nacional, que es de 0,75. Por el contrario, la tasa más baja, 0,56, se ha dado en Castilla y León.

Los procedimientos de modificación de medidas en procesos de separación o divorcio, así como en los relacionados con la guardia, custodia y alimentos de hijos no matrimoniales, continúan viéndose afectados por los efectos de la crisis económica, presentando todos ellos importantes incrementos interanuales.

En el primer trimestre de 2015 se iniciaron 2.483 procedimientos de modificación de medidas consensuadas, un 12,7 % más que en mismo periodo del año anterior; y 8.878 procedimientos de modificación de medidas no consensuadas,  un 4,1 % más.

En cuanto a los procedimientos de guardia, custodia y alimentos de hijos no matrimoniales, se iniciaron 4.724 consensuados (un 13,2 % más que en el mismo trimestre de 2014) y 7.379 no consensuados (un 3,2 % más).

Solvenza Abogados

septiembre 24

Ya no le costará dinero cantar «Cumpleaños Feliz»

Happy birthday

Un juez federal de Los Ángeles (Estados Unidos) dictaminó hoy que la canción ‘Happy birthday to you’, cuya letra y melodía es usada en todo el mundo para desear un feliz cumpleaños, no está sujeta a derechos de autor.

La sentencia del juez George H. King pone fin a décadas de disputas sobre el copyright de la famosa canción y al monopolio de la editora musical Warner/Chappell, una división de Warner Music, que durante años aseguró tener los derechos de la canción y se embolsó grandes cantidades de dinero.

septiembre 22

El Tribunal Supremo y el valor penal de los «pantallazos» como prueba

pantallazo

El Tribunal Supremo se pronuncia en relación a la sentencia de la Sección segunda de la Audiencia Provincial de Valladolid, que dictó una sentencia, de fecha 19 de noviembre de 2014 (Sentencia número 346/2014), por la que condenó a 5 años y un día de prisión a un hombre por abusos sexuales a una menor.

Según Europa Press, en su sentencia el TS puntualiza que la prueba de una comunicación bidireccional mediante sistemas de mensajería instantánea debe ser abordada con «todas las cautelas», debido a que «la posibilidad de una manipulación forma parte de la realidad de las cosas».
septiembre 15

Qué hacer cuando mi padre/madre fallece y no hay testamento para la herencia

testamento

Es frecuente que alguna persona se encuentre en la delicada tesitura de que ha fallecido uno de sus progenitores y descubre que este no ha hecho testamento para la herencia, por lo que no sabe muy bien cómo ha de hacerse el reparto de bienes del difunto. En las siguientes líneas explicaremos cuáles son los trámites burocráticos que hay que realizar de acuerdo con la ley.

En primer lugar, si el fallecido no hizo el testamento, se deberá formalizar la denominada declaración de herederos, con la intención de obtener una declaración oficial de quienes son los herederos legales del fallecido, en función de los ordenamientos sobre sucesión legítima fijados en el Código Civil.