enero 25

Qué se considera domicilio a efectos de notificaciones, entrada y registro

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Qué se considera domicilio a efectos de notificaciones, entrada y registro

De manera general, el domicilio es el lugar donde cada persona constituye el centro de su vida y adquiere una gran relevancia para el mundo del derecho al determinar los múltiples efectos legales.

Dependiendo de si se trata de una persona física o jurídica, el Código Civil regula el concepto de domicilio en dos artículos, los números 40 y 41. En estos dos artículos se establece que el domicilio es el lugar de residencia habitual de la persona física para el ejercicio de los derechos y cumplimiento de las obligaciones: y por otro lado, la eficacia jurídica que se atribuya al domicilio.

Domicilio a efectos de notificaciones

Son los órganos judiciales los responsables de ejecutar de manera correcta los actos de comunicación, así como asegurar que dichos actos tienen el propósito de garantizar que la parte sea oída en el procedimiento y pueda hacer valer sus derechos, circunstancia que conlleva una limitación en el uso de la comunicación por edictos prevista en la norma.

La parte actora, según la modificación introducida por la Ley 42/2015, es la que tiene que facilitar cuantos datos disponga del demandado y agilizar su localización: teléfono, fax, correo electrónico, etc.

Domicilio en el ámbito administrativo

La Ley 39/2015 de 1 de octubre establece en su artículo 41 que en los procedimientos iniciados de oficio y a los solos efectos de iniciación se podrá consultar el domicilio en las bases del Instituto Nacional de Estadística, al constar en el Padrón Municipal de la entidad local.

Si tras dos intentos infructuosos con resultado de dirección incorrecta, en el domicilio social y no en el caso de desconocida, puede acudirse a la notificación mediante comparecencia al no ser posible la notificación por cusas no imputables a la Administración, siempre y cuando la Administración no tenga constancia fehaciente de ningún otro domicilio.

En el caso de los no residentes, es la administración la que ha de acudir a instrumentos de cooperación internacional una vez agotados los domicilios que consten en España.

Solvenza Abogados

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enero 11

Derechos del autónomo tras un accidente de tráfico

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Derechos del autónomo tras un accidente de tráfico

En caso de accidentes de tráfico, todos los trabajadores tienen derecho a recibir una indemnización por las lesiones ocasionadas, incluidos los trabajadores por cuenta propia. Los derechos del autónomo tras un accidente de tráfico están regulados por el baremo de Tráfico, que establece diferentes conceptos indemnizables dependiendo del alcance de las lesiones.

Diferentes cuantías de indemnización

Si un trabajador autónomo sufre un accidente de tráfico tendrá derecho a una indemnización de 32 euros por cada día de jornada de perjuicio personal básico. Se considera perjuicio personal básico a aquello días que no son impeditivos para el trabajador tras el accidente.

Si el afectado pierde temporalmente su calidad de vida, los derechos del autónomo alcanzan hasta los 52 euros por día si la lesión es moderada o 75 euros por día cuando las heridas sean graves y requieran hospitalización.

En el caso de que la lesión se considere muy grave y el paciente tenga que ingresar en la Unidad de Cuidados Intensivos, la indemnización será de 100 euros al día.

Por otra parte, el trabajador autónomo recibirá además una indemnización por las secuelas que hayan podido quedar tras el accidente, la cuantía dependerá de los puntos otorgados a la lesión, la edad del lesionado y el tipo de secuela.

Otros conceptos

Estos no son los únicos derechos del autónomo tras un accidente de tráfico. A la indemnización anterior hay que sumarle en ocasiones los perjuicios estéticos, el daño emergente, los costes de movilidad, ayudas técnicas para autonomía o ayuda de tercera persona entre otros.

Todos estos supuestos se añaden a la cuantía de la compensación. El trabajador autónomo también podrá reclamar parte de su indemnización por lucro cesante, es decir, aquella ganancia que podría haber recibido de no haber sufrido el accidente.

Solvenza Abogados

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