Jun 22

La empresa no puede dividir la extra de forma unilateral

Tags:

dividir-la-extra

La empresa no puede dividir la extra de forma unilateral

La paga extra supone todo un balón de oxígeno para el trabajador, sobre todo a las puertas de periodos donde el consumo se incrementa considerablemente, como Navidad o verano.

No es raro que los trabajadores reciban la paga extra de forma prorrateada, es decir, no obtienen dos veces su sueldo en julio y diciembre, sino que perciben un porcentaje de ella cada mes.

Pues bien, una sentencia ha rechazado ahora que la división de la paga extra sea una decisión unilateral de la empresa que debe abonarla, ni siquiera cuando ésta pase por dificultades económicas.

El precedente judicial

El caso concreto de la sentencia que va a servir como precedente era el de una empresa que a un mes de abonar la paga extra de Navidad, comunicó a sus empleados que no la abonaría en su totalidad en diciembre debido a los problemas económicos. Lo haría en los meses de enero, abril, mayo y junio, en pagos del 25%.

Por su parte, los sindicatos reclamaban que la cuantía se abonara en uno solo pago con intereses de demora del 10%, acogiéndose al Estatuto de los Trabajadores. Y el juez dictó sentencia a su favor.

Dividir la extra

Atendiendo a la sentencia, pues, el dividir la extra debe ser algo consesuado entre los trabajadores y la propia empresa, y no es únicamente a esta última a quien corresponde la decisión, aunque sea quien deba abonar las cantidades. Ni siquiera cuando tenga problemas de tesorería, lo que además en este caso concreto ni siquiera había quedado acreditado. Y es que ello va contra la voluntad de los trabajadores.

El sistema judicial vuelve así a equilibrar las fuerzas en un conflicto laboral, fallando a favor del trabajador que en tantas ocasiones debe conformarse y acatar la decisión de quien posee los medios de producción.

Solvenza Abogados

La empresa no puede dividir la extra de forma unilateral