Feb 8

¿Qué ha de hacerse para separarse o divorciarse de mutuo acuerdo?

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¿Qué ha de hacerse para separarse o divorciarse de mutuo acuerdo?

Separarse o divorciarse puede ser una experiencia traumática para muchas parejas, y sobre todo puede afectar negativamente a aquellas familias en las que haya hijos. Pero no todos los procesos de separación o de divorcio son malas experiencias, de hecho, la mayoría de las veces en que una pareja toma esta decisión lo hace de mutuo acuerdo, para facilitar la relación posterior.

Os mostramos los pasos a seguir para divorciarse de mutuo acuerdo.

Presentar una demanda de divorcio de mutuo acuerdo

El primer paso es presentar una demanda de divorcio de mutuo acuerdo. Para que esto sea posible han de haber transcurrido al menos tres meses desde la celebración del matrimonio.

Para divorciarse de mutuo acuerdo es necesario que la demanda vaya acompañada del convenio regulador del divorcio, que incluye: manifestación acerca de la disolución de la convivencia conjunta; patria potestad; guardia y custodio de los hijos, régimen de visitas, estancia donde se establecerán los menores; pensión de alimentos a favor de los hijos; atribución de la vivienda conyugal y del ajuar; pensión compensatorio en el caso de que se fije y liquidación del régimen económico matrimonial.

Ratificar el convenio

Ambas partes deberán acudir al juzgado para ratificar el convenio presentado. Si alguna de las dos partes no se presenta, el proceso de divorcio mutuo se archivará.

Una vez firmado el convenio, se traslada al Ministerio Fiscal y si todo es correcto, se aprueba el convenio y se establece la disolución del vínculo matrimonial.

Posibilidad de modificar el convenio regulador

En caso de que se hayan cumplido los trámites necesarios para divorciarse de mutuo acuerdo y pasado el tiempo el convenio acordado no se ajuste a la realidad del momento, existe la posibilidad de modificarlo. Esta modificación puede ser solicitada por alguno de los cónyuges o por el Ministerio Fiscal, siempre que exista una variación sustancial de las circunstancias, como mejora o declive de uno de alguno de los cónyuges.

Solvenza Abogados

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