Herencias: respuestas a las 10 dudas más frecuentes
Al hacer testamento o recibir una herencia surgen bastantes dudas, a continuación resolvemos las diez dudas más frecuentes referidas a las herencias.
¿Cuánto cuesta hacer testamento?
Una persona puede hacer testamento ante notario por menos de 50 euros. Las tarifas más habituales oscilan entre los 40 y los 80 euros habitualmente.
¿Puedo cambiar el testamento si me arrepiento?
El testamento se puede modificar tantas veces como desee el testador, lo que se tiene en cuenta en un proceso de herencias es el último testamento que dejó el fallecido.
¿Se puede hacer testamento sin pasar por el notario?
Sí, las personas mayores de 18 años que no estén incapacitadas pueden redactar a mano su propio testamento, algo que se conoce como testamento ológrafo. Debe estar fechado, firmado y escrito de manera íntegra de puño y letra del testador.
Pese a que tiene la misma validez que el que se hace ante notario, puede sufrir más impugnaciones por parte de los herederos.
¿Cómo se sabe si el difunto ha hecho testamento?
En ocasiones, ni los familiares más cercanos saben si el fallecido había plasmado por escrito ante notario sus últimas voluntades. Para saber si hay testamentos, hay que pedir el Certificado de Actos de Última Voluntad, que es el documento que indica si hay testamento o no.
¿Quién hereda si no hay testamento?
En primer lugar, los descendientes, ya sean hijos biológicos o adoptados o se hayan tenido dentro y fuera del matrimonio. Si no hay descendientes, recibirán la herencia o herencias los ascendientes. En el caso de que no haya ascendientes, el cónyuge. En cuatro lugar, los hermanos a partes iguales, y si algún hermano ha fallecido, los sobrinos del difunto recibirán la parte que les corresponde. El siguiente lugar en la línea familiar lo ocupan los primos.
Si no hay familiares, será el Estado quien se quede con los bienes.
Si quiero beneficiar a alguno de mis hijos, ¿puedo hacerlo?
Sí. La herencia se divide en tres partes: la legítima (la parte de los bienes de la que el testador no puede disponer porque la ley la reserva a los herederos forzosos; el tercio de mejora que ha de dejarse a los descendientes de manera obligatoria; y el tercio de libre designación, que se puede usar sin restricciones.
¿Se puede desheredar a un hijo?
Es posible, pero es tan complicado que sucede en muy pocas ocasiones. Para desheredar a un hijo han de darse circunstancias como calumnias al testador con un delito que conlleve prisión, situaciones de maltrato o injurias, privación de alimentos o atentar contra la vida del testador.
Si el descendiente desheredado tiene hijos, éstos recibirán la parte del proceso de herencias que corresponde al progenitor.
¿Qué es el usufructo?
El usufructo es disfrutar de un bien, normalmente una propiedad, sin ser su propietario. Quien disfruta el bien no puede venderlo o constituir sobre él una hipoteca, pero sí puede quedarse con los rendimientos que produzca.
¿Puedo heredar los bienes y no las deudas?
Sí. Hay dos modos de aceptar una herencia: de forma pura y simple y a beneficio de inventario. En el último caso se permite que se paguen las deudas del difunto y que los herederos reciban lo demás.
¿Puedo rechazar una herencia?
Sí, todas las personas que tienen libre disposición de sus bienes pueden renunciar a una herencia, pero es necesario hacerlo de forma explícita en escritura pública o ante un juez competente. Rechazar las herencias supone hacerlo de manera plena, no se puede rechazar una parte y quedarse con otra, ni retractarse posteriormente.
Solvenza Abogados
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